Con la necesaria independencia y cumpliendo el objetivo de expresar una opinión profesional, buscamos ofrecer un servicio óptimo.
Nos basamos en:
- Conocimiento de la empresa y su sector. La relación con nuestros clientes continúa una vez finalizada la auditoría.
- Adaptación a la planificación del cliente. Realizamos la auditoría en dos fases. Fase previa y Fase final con el objeto de acortar los plazos de entrega del informe.
- Fluidez en la comunicación: rápida respuesta.
- Cumplimiento de plazos acordados.
Estamos acreditados en el PCAOB (Public Companies Accounting Oversight Board), Organismo dependiente de la SEC americana que nos habilita para realizar auditorías a filiales de sociedades americanas que cotizan en bolsa. Dicho organismo ha validado nuestros procedimientos técnicos y de calidad, procedimientos que aplicamos en todos nuestros clientes.
Auditoría obligatoria
Para que una compañía tenga la obligatoriedad de ser auditada deberá cumplir al menos dos de estos tres requisitos durante dos años consecutivos (datos a partir de 2008):
- Total activo: 2.850.000 €
- Cifra de Negocio: 5.700.000 €
- Plantilla Media: 50 personas
Equipo humano
Se asigna a cada trabajo el equipo humano que mejor puede conocer el sector de la empresa, dirigidos por un socio y apoyados por supervisores que están en el trabajo de campo. La rotación de personal es escasa, lo que facilita la comunicación con el cliente.
Auditoría Financiera
Aportamos credibilidad a través del análisis sobre los sistemas contables y financieros que soportan la gestión empresarial.
Análisis de Mejora. Aportamos nuestras técnicas de auditoría al desarrollo y mejora de procesos de control interno contable y administrativo, con revisiones periódicas, en nuestros clientes.
Metodología
Nuestro enfoque de Auditoría se dirige a minimizar los diferentes riesgos que influyen en el trabajo y que son:
- Riesgo inherente del sector
- Riesgos operativos
- Riesgos de control interno
Además de estar inscritos en el PCAOB con el objeto de poder auditar a compañías norteamericanas que coticen en bolsa y a sus filiales, contamos con una probada experiencia en la implantación de las condiciones establecidas en la Sarbarnes-Oxley Act y en la VIII Directiva de la UE.
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